Preliberación para mujeres acusadas por delitos menores para evitar propagación de COVID-19

Por CIMAC

Ciudad de México. Las mujeres representan 5.2 por ciento de la población penitenciaria en México y aunque son minoría no deben ser invisibles ante los riesgos de vivir en reclusión durante la pandemia.

Hasta junio de 2019 en el país había 10 mil 696 mujeres en prisión, 56.5 por ciento en centros mixtos, donde no hay una debida separación entre ambos sexos y entre procesadas y sentenciadas. En general, sin condiciones de higiene, con sobrepoblación y hacinamiento.

La crisis sanitaria provocada por la pandemia del COVID-19 ha evidenciado los riesgos para la población penitenciaria, lo que generó llamados de organismos internacionales y agrupaciones nacionales, quienes lograron que este el lunes 20 de abril el Senado de la República sesione para aprobar una Ley de Amnistía.

La Ley, avalada en diciembre por la Cámara de Diputados, abre la puerta para la liberación de personas acusadas de delitos menores contra la salud, presos políticos, integrantes de los pueblos indígenas o mujeres acusadas por el delito de aborto u homicidio en razón de parentesco, tipo penal que se usa para encarcelar a mujeres que tuvieron partos prematuros.

En opinión de la coordinadora de Incidencia de la organización Asistencia Legal por los Derechos Humanos (Asilegal), Verónica Garzón Bonetti, si bien, se espera que la Ley de Amnistía sea un ejercicio de acceso a la justicia para las mujeres, no es el mecanismo ideal para liberarlas durante la pandemia.

El problema, explicó, es que se trata de una norma que beneficiará a quienes fueron procesadas y sentenciadas por delitos del fuero federal, además, según estimaciones de esta organización, los procesos de liberación podrían tardar hasta dos años.

Una vez aprobada la ley, el Ejecutivo federal deberá crear una comisión especial para que las personas interesadas o sus representantes legales soliciten este beneficio; o bien, los jueces revisarán los casos y ordenarán a la Fiscalía General de la República el desistimiento de la acción penal, pero, dijo la experta, se pueden aplicar otros mecanismos existentes.

Para Asilegal, la amnistía reconoce la discriminación sistemática en contra de ciertos de grupo de la población y sus circunstancias de exclusión, marginación y vulnerabilidad. En el caso de las mujeres, además evidencia que son criminalizadas por decidir sobre su cuerpo o que son víctimas de emergencias obstétricas.

Garzón Bonetti consideró que una amnistía puede beneficiar a quienes fueron investigadas, procesadas o sentenciadas por delitos contra la salud que, de acuerdo con la organización EquisJusticia para las Mujeres, son 3 mil 018 mujeres.

No obstante, para la defensora es importante señalar que en el país ya existen mecanismos de preliberación y que atienden escenarios de emergencia, como la crisis sanitaria, para que las personas queden en libertad de manera anticipada, por ejemplo, la Ley Nacional de Ejecución Penal establece requisitos para otorgar la libertad anticipada o condicionada, o la suspensión de las penas.

Estas preliberaciones serán para evitar más contagios por coronavirus. La semana pasada se dio a conocer que en un penal de Cuautitlán, en el Estado de México, se reportaron cinco casos de COVID-19 y en Mérida, en Yucatán, se documentó uno más.

Ante el riesgo de más brotes de COVID-19 entre la población penitenciaria, familias de mujeres internas y organizaciones civiles tramitan amparos para que las mujeres en reclusión y sus hijas e hijos puedan obtener el beneficio de la preliberación.

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