Resuelve pleno del TEEG tres procedimientos especiales sancionadores

Por Redacción Imagen: cortesía 

Guanajuato, Gto.- En sesión pública virtual, el Pleno del Tribunal Estatal Electoral de Guanajuato (TEEG), resolvió tres procedimientos especiales sancionadores.

En el TEEG-PES-69/2022 el PAN denunció al PRI, a su entonces candidata a presidenta municipal de Abasolo y a diversas personas servidoras públicas municipales por el presunto uso indebido de recursos públicos y de símbolos religiosos, así como promoción personalizada en su propaganda electoral.

El Tribunal declaró que no hubo infracción a la ley, pues de las publicaciones denunciadas en la primera, la candidata no muestra ningún símbolo religioso o expresión de los que se haya valido para incidir en el electorado y coaccionar moral o espiritualmente el voto. En tanto que, en la segunda, se publicó en un perfil que no es de ninguna de las partes denunciadas. Respecto al uso indebido de recursos públicos y promoción personalizada durante una jornada de vacunación, no se demostró que se promocionara ella ni el partido que la postuló, tampoco que hiciera llamados expresos al voto, ni se acreditó su participación en calidad de servidora pública.

Dentro del TEEG-PES-64/2022 el PAN denunció a la entonces candidata a diputada local por el Distrito XVI, postulada por Morena y a diversas personas supuestamente administradoras del perfil de Facebook de la candidata por actos anticipados de campaña y la publicación de propaganda electoral que vulnera el interés superior de la niñez.

El Tribunal determinó inexistentes las infracciones a la ley porque las pruebas resultaron ineficaces para demostrar el contenido de la liga de internet denunciada, pero atendiendo a que en algunas de las publicaciones aparecen menores de edad, se dio vista a la Procuraduría de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Guanajuato, para que en el ámbito de sus atribuciones determine lo que corresponda.

Finalmente, en el TEEG-PES-19/2022 la entonces candidata a la presidencia municipal de León postulada por el PAN denunció a un periodista y administrador de un portal de internet y sus respectivas redes sociales, así como a quien resultara responsable por una publicación que a su consideración constituía violencia política contra las mujeres por razón de género, en su perjuicio.

Si bien este Tribunal ya había emitido una resolución declarando la existencia de la falta, la parte denunciada se inconformó ante la Sala Regional Monterrey, la cual ordenó modificar la sentencia para distinguir que solo una de las frases utilizadas en la publicación la constituía.

El Tribunal determinó existente la violencia política en razón de género con respecto a solo una de las frases usadas por el denunciado y ordenó medidas de reparación integral del daño consistentes en conminación a no repetir la conducta, publicación de un extracto de la sentencia, emisión de una disculpa pública, tomar al menos un curso sobre el tema y su inscripción en los registros estatal y nacional de personas sancionadas en materia de violencia política contra las mujeres en razón de género.

En el desarrollo de la sesión pública estuvieron las magistradas, Yari Zapata López, presidenta de este Tribunal y titular de la Segunda Ponencia; María Dolores López Loza, titular de la Primera Ponencia; el magistrado por ministerio de ley, Alejandro Javier Martínez Mejía, titular de la Tercera Ponencia; así como el secretario general en funciones, Juan Antonio Macías Pérez.

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