Por Uriel Cázares
Guanajuato, Gto.- Este jueves el Pleno del Congreso Local aprobó por unanimidad (en sesión a distancia) la creación de la Ley para la Búsqueda de Personas Desaparecidas en el estado de Guanajuato.
Iniciativa del Grupo Parlamentario del PAN en el Congreso Local que responde a la obligación de armonizar la ley estatal con la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas, que entró en vigor el 16 de enero de 2018.
Al frente del proceso legislativo estuvo la diputada panista, Libia García, presidenta del Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, trabajo que traerá consigo importantes avances producto de ocho mesas de trabajo, técnicas y de diálogo, en la que participaron familiares de las personas desaparecidas, representantes de organizaciones civiles, representantes del Consejo Nacional de Búsqueda y Derechos Humanos.
Mención especial merece la distinción que hizo el Representante a.i. en México de la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos por este proceso legislativo realizado en el que se tomó en cuenta la opinión de todos los actores involucrados.
En sesión del Pleno a distancia, la diputada Libia García aseguró que “como poder legislativo hemos hecho un trabajo transparente, profesional y de profundo diálogo, éste ha sido sin duda alguna el trabajo legislativo más complejo que me ha tocado llevar adelante, y no hubiera sido posible sin la participación de colectivos y familiares de personas desaparecidas”, afirmó.
A las familias, la diputada Libia García sostuvo: “no vamos a darles la espalda ni a cerrar los ojos frente a la tragedia que viven”.
Tras la aprobación de esta ley, se creará el Sistema Estatal de Búsqueda de Personas Desaparecidas, se creará la Comisión Estatal de Búsqueda, un Consejo Ciudadano y se creará el Registro Estatal de Personas Desaparecidas.
La Comisión Estatal de Búsqueda funcionará como un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Gobierno. El titular será electo mediante consulta pública. Estará conformada por servidores públicos especializados quienes se coordinarán con la Comisión Nacional.
Esta Comisión será responsable de formar Grupos de Búsqueda en la que participarán servidores públicos especializados. Este Grupo, generará la metodología para la búsqueda inmediata de personas y podrá solicitarle a la Fiscalía General del Estado que realice actos de investigación específicos.
La Comisión asesorará a los familiares, emitirá los lineamientos del Registro Estatal de Personas Desaparecidas, llevará un seguimiento de cumplimiento de metas respecto al Programa Nacional de Búsqueda; y podrá incorporar a los procesos a expertos independientes y peritos internacionales.
Se creará un Consejo Ciudadano integrado por siete personas, entre familiares de personas desaparecidas, especialistas en Derechos Humanos y representantes de organizaciones de la sociedad civil, designados por cuatro años. El nombramiento es honorífico. Este Consejo podrá emitir recomendaciones, propuestas y opiniones a la Comisión de Búsqueda.
Se creará una Fiscalía Especializada que reciba las denuncias y sea la encargada de iniciar la carpeta de investigación en coordinación con la Comisión de Búsqueda y bajo la observancia del Consejo Ciudadano.
Eliminación del término “Persona No Localizada”
Una de las grandes demandas de los colectivos conformados por familiares, era eliminar la categoría de Persona No Localizada, lo cual implica, que No necesariamente la persona fue víctima de un delito, que se pudo ir de su casa sin avisar y por cuenta propia, lo cual trae consigo que la búsqueda inicie horas después.
Además, la categoría de Persona No Localizada, “suele utilizarse para evitar reconocer que existen desapariciones forzadas y cometidas por particulares y para mantener una narrativa que minimiza la existencia de estas dinámicas”, reconocen en el dictamen emitido para la aprobación de esta Ley las diputadas y diputados.
Con esta Ley que favorece el principio pro persona, “la eliminación del término persona no localizada permitirá considerar todos los casos como desapariciones desde un inicio, donde corresponderá al Estado demostrar que no lo son” y se inicie la búsqueda inmediatamente, “permanente y continua en tanto la suerte y el paradero de la persona desaparecida no se haya determinado o sus restos no hayan sido localizados y plenamente identificados”.