Es legal la reelección de integrantes de la Junta Directiva de la UG: rector general

Por Redacción Imagen: archivo

Guanajuato, Gto.- Como ya había informado el rector general de la Universidad de Guanajuato, Dr. Luis Felipe Guerrero Agripino, se espera que en el mes de mayo se emita la convocatoria para la designación de rector general de la Máxima Casa de estudios del estado.

Al respecto, Guerrero Agripino aclaró que es legal la reelección de los integrantes de la Junta Directiva, quienes son los que finalmente designan al nuevo rector general, lo cual está establecido en la Ley Orgánica de la UG.

El Dr. Guerrero explicó que: “La Ley Orgánica actual deriva de una iniciativa, estamos hablando de 2006, y tuvo un proceso en 2007, 2008. En la iniciativa se regulaba un órgano que se llamaba Colegio Directivo, y sus miembros duraban un periodo, pudiendo ser reelectos por cuatro años. Pasó de Colegio Directivo a Junta Directiva… En aquellos años, fue todo un tema esa transformación del Colegio Directivo y de la Junta Directiva. Dentro de otras novedades, establecía que la Junta Directiva tendría ahora tres miembros externos, era toda una novedad. Fue motivo de mucha discusión…

Entonces, se estableció que a los miembros de la Junta Directiva no se les estableciera un límite de reelección. Si nosotros revisamos la Ley Orgánica, para ser autoridades ejecutivas como rector general, rector de Campus, directores de División, etcétera, dice: podrán ser reelectos por un segundo periodo; para los integrantes del Patronato son cuatro años, pudiendo ser reelectos.

Tratándose de los integrantes de la Junta Directiva, en efecto, el artículo 17 dice: los integrantes de la Junta Directiva durarán en su cargo dos años. No dice podrán ser reelectos por una ocasión, nada más dice: podrán ser electos por dos años. Pero cuando hablamos de una ley, hay que entenderla en su conjunto (y esto es lo que decimos a los estudiantes de Derecho desde primer semestre). Y la ley tiene un dictamen, que se le conoce como exposición de motivos, para entender por qué en este caso el legislador no dijo podrán ser reelectos por otro periodo, y en todos los demás sí dice”.

Textualmente, el dictamen señala:

Se estableció la duración en el cargo de los integrantes de la Junta Directiva fuera de dos años, a fin de propiciar una mayor movilidad de sus integrantes. Bajo esa perspectiva, no se limita la posibilidad de la reelección, a fin de que la Comunidad Universitaria valore la continuidad en cada caso.

“Es que la ley es completa, no se puede leer la ley en pedazos”, expuso. Finalmente, el Dr. Guerrero recordó que tanto sus antecesores en la rectoría general, como “todos los rectores de Campus, todos los directores de División que han existido en la historia de la Universidad han sido designados por Juntas Directivas que han tenido integrantes que han sido reelectos, ¿con qué fundamento? Con este que acabo de señalar”, afirmó.

Para consultar la Ley Orgánica de la Universidad de Guanajuato (clic aquí)

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