Aprueba IEEG reelección de titular de la Secretaría Ejecutiva

Por: Redacción Imagen: Cortesía

Guanajuato, Gto.- El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Guanajuato (IEEG), en sesión extraordinaria, aprobó la reelección de la maestra Indira Rodríguez Ramírez como titular de la Secretaría Ejecutiva del Instituto Electoral del Estado de Guanajuato, con efectos a partir del 1 de enero de 2024 y hasta el 31 de diciembre de 2028.

El 22 de diciembre de 2020, mediante acuerdo CGIEEG/123/2020, se designó a Indira Rodríguez Ramírez como titular de la Secretaría Ejecutiva,  a partir del 1 de enero de 2020 y hasta el 31 de diciembre de 2024.

La maestra Indira Rodríguez Ramírez cumple con los requisitos señalados en el artículo 24 del Reglamento de Elecciones del Instituto Nacional Electoral; su experiencia para continuar con el cargo resulta evidente, puesto que se ha desempeñado como secretaria ejecutiva del 1 de enero de 2021 a la fecha.

Cabe resaltar que la maestra Indira Rodríguez Ramírez ha cumplido a cabalidad con el principio de profesionalismo exigido para el desempeño de la función electoral, su imparcialidad en el desempeño de la función se ha garantizado al ser independiente de los partidos políticos.; ello se demuestra además con el trabajo realizado del 2021 a la fecha.

La reelección fue aprobada por seis votos a favor y uno en contra.

Se aprueban los Lineamientos para la constitución y registro de partidos políticos locales

En otro punto del orden del día se expiden los Lineamientos para la constitución y registro de partidos políticos locales en el Estado de Guanajuato, y se abrogan los Lineamientos aprobados mediante acuerdo CGIEEG/343/2018.

Los nuevos lineamientos buscan empatar las disposiciones normativas con los avances tecnológicos que se han alcanzado desde el último plazo que corrió para la constitución de partidos políticos locales, armonizándolos, además, con los lineamientos aprobados por el Consejo General del INE para que, a partir del ejercicio 2025, la afiliación de las personas que pretendan adherirse a un partido político local en constitución ya no sea física, sino que, para ello, se utilice la Aplicación Móvil de Apoyo Ciudadano desarrollada por dicho Instituto, así como la versión en sitio del Sistema de Registro de Partidos Locales.

Tal determinación tiene el objetivo de dotar de certeza jurídica al proceso de afiliación política de la ciudadanía guanajuatense, así como a la verificación de afiliaciones de las organizaciones ciudadanas interesadas en constituirse como partidos políticos locales en el estado de Guanajuato, a fin de homologar los procesos de afiliación, verificación de afiliaciones, celebración de asambleas, intercambio de información con la autoridad nacional, plazos en las actividades de constitución y registro, procesos de revisión de afiliaciones duplicadas con partidos políticos y actuación ante el desistimiento de la organización.

Además de actualizar las atribuciones de las diversas áreas de este Instituto que intervienen en los procesos, y que sus funciones se alineen a las responsabilidades delegadas y se garantice la eficiente y correcta aplicación de la normatividad electoral vigente.

Se dará resolución a recurso de revocación

En otro punto del orden del día se admitió y por ende se dará resolución al recurso de al recurso de revocación promovido por Sergio Alejandro Contreras Guerrero, secretario general del Comité Ejecutivo Estatal en Guanajuato del Partido Verde Ecologista de México, en contra de la resolución del procedimiento sancionador ordinario 22/2024-PSO-CG, por el que se impusieron sanciones a partidos políticos y coaliciones por el incumplimiento de la obligación de registrar en el Sistema la información curricular y de identidad de la totalidad de las candidaturas postuladas, a fin de que la ciudadanía se encontrara en posibilidad de consultar su trayectoria política y profesional durante el Proceso Electoral Local Ordinario 2023-2024.

Toda vez que, al menos de manera preliminar el recurso de revocación interpuesto cumple con los requisitos legales de procedencia, es que se determina su admisión y se instruyó a la Unidad Técnica Jurídica y de lo Contencioso Electoral formular el proyecto de resolución, dentro de los cinco días siguientes a la fecha de aprobación del presente auto.

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